ARTÍCULO: Efecto de una Intervención Cognitivo -Conductual Sobre Variables Emocionales en Adultos Mayores
Objetivo:
Disminuir la sintomatología ansiosa y depresiva en adultos mayores.
Conclusión: Los principios de no maleficencia y beneficencia están totalmente presentes con el fin de realizar investigaciones de manera correcta, requiriendo la manera adecuada de brindar información a los participantes de los procedimientos respetando su vida y dignidad; haciendo énfasis en la evitación de perjuicios duraderos
Link de artículo: http://www.scielo.org.co/pdf/rlps/v38n1/v38n1a03.pdf
Disminuir la sintomatología ansiosa y depresiva en adultos mayores.
Resumen:
Se presenta la evaluación de una intervención cognitivo-conductual breve dirigida a un
grupo de adultos mayores con el objetivo de disminuir su sintomatología ansiosa y depresiva.
El tratamiento duró un mes (dos sesiones semanales de dos horas cada una). Participaron 38
adultos mayores de la ciudad de Santiago de Chile diagnosticados con depresión leve/
moderada y sintomatología ansiosa, los cuales fueron asignados aleatoriamente a los grupos
experimental y control. Las principales técnicas utilizadas fueron relajación progresiva,
reestructuración cognitiva y psicoeducación. Para el análisis de resultados se utilizó un diseño
experimental multivariado de comparación de dos grupos, con mediciones pre, durante, post
y seguimiento a las dos semanas y al mes de finalizada la intervención. Los resultados
mostraron diferencias estadísticamente significativas entre los grupos experimental y control
en todas las mediciones de tratamiento y seguimiento de las variables estudiadas p<0,05. El
tamaño del efecto fue moderado-alto para ansiedad-estado (0,74) y depresión (0,68) y
moderado para ansiedad-rasgo (0,52). En relación a la Potencia, ésta fue alta para todas las
variables estudiadas, presentando un valor de 1 al finalizar la investigación.
Titulo 9. INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA
Artículo 49o. Todo/a Psicólogo/a, en el
ejercicio de su profesión, procurará contribuir al progreso de la ciencia y
de la profesión psicológica, investigando en su disciplina, ateniéndose a
las reglas y exigencias del trabajo científico y comunicando su saber a
estudiantes y otros profesionales según los usos científicos y/o a través de
la docencia.
Artículo 50o. En la investigación,
el/la Psicólogo/a se abstendrá y se negará absolutamente a causar en la
persona daños permanentes, irreversibles o innecesarios para la evitación de
otros mayores. La participación en cualquier investigación deberá ser
autorizada explícitamente por la/s persona/s con la/s que ésta se realiza, o
bien por sus padres o tutores en el caso de menores o incapacitados.
Artículo 51o. Cuando la investigación
psicológica requiera alguna clase de daños pasajeros y molestias, como
choques eléctricos o privación sensorial, el investigador, ante todo, se
asegurará de que los sujetos participen en las sesiones experimentales con
verdadera libertad, sin constricciones ajenas de tipo alguno, y no los
aceptará sino luego de informarles puntualmente sobre esos daños y obtener su
consiguiente consentimiento. Aún habiendo inicialmente consentido, el sujeto
podrá en cualquier momento decidir interrumpir su participación en el
experimento.
Artículo 52o. Cuando la investigación
requiera del recurso a la decepción o al engaño, el/la Psicólogo/a se
asegurará de que éste no va a producir perjuicios duraderos en ninguno de los
sujetos, y, en todo caso, revelará a éstos la naturaleza y necesidad
experimental de engaño al concluir la sesión o la investigación.
Artículo 53o. La investigación
psicológica, sea experimental, sea observacional en situaciones naturales, se
hará siempre con respeto a la dignidad de las personas, a sus creencias, su
intimidad, su pudor, con especial delicadeza en áreas como: a) el
comportamiento sexual, que la mayoría de los individuos reserva para su
privacidad, b) también en situaciones relacionadas con ancianos, accidentados,
enfermos, presos, etc. c) que, además de cierta impotencia social entrañen un
serio drama humano que es preciso respetar tanto como investigar.
Artículo 54o. La experimentación con animales
evitará también, o reducirá al mínimo, los sufrimientos, daños y molestias
que no sean imprescindibles y justificables en atención a fines de reconocido
valor científico y humano. Las operaciones quirúrgicas sobre animales se
efectuarán con anestesia y se adoptarán medidas apropiadas para evitar las
posibles complicaciones. El personal directamente implicado en la
investigación con animales seguirá en su práctica los procedimientos de
alojamiento, manejo experimental y eliminación (eutanasia) de los animales, se
ha de tener una conducta ética y respetuosa en el cuidado y utilización de
animales siguiendo las normas y leyes nacionales e internacionales para tal
efecto.
Artículo 55o. Los psicólogos/as que
desempeñan funciones en la formación, capacitación, entrenamiento,
supervisión de pregrado o postgrado de profesionales psicólogos, sea en forma
regular o esporádica, en instituciones públicas, privadas o a titulo
personal.
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